Resolución 271 de 1995
PRIMERO Que el artículo 3.2.1.9. del Estatuto Orgánico del Mercado Público de Valores consagra para las bolsas de valores la obligación de adoptar reglamentos unificados.
SEGUNDO Que en ejercicio de lo dispuesto en los artículos 3.2.3.2. y 3.2.3.11. del Estatuto Orgánico del Mercado Público de Valores el Superintendente de Valores expidió la Resolución 0152 del 1 de marzo de 1995 reglamentando las operaciones a plazo que se realizan a través de las bolsas de valores.
TERCERO Que el artículo 7o de tal Resolución otorgó a las bolsas de valores plazo hasta el 30 de marzo de 1995 para adecuar sus reglamentos a lo previsto en la mencionada resolución.
CUARTO Que se hace
necesario ampliar el término de adecuación a las nuevas reglas
sobre operaciones a plazo con el objeto de lograr un reglamento unificado
para las mismas por parte de las bolsas de valores.
ARTICULO 1o El artículo 7o de la Resolución 152 quedará así:
Las bolsas de valores deberán adecuar sus reglamentos a lo aquí previsto, mediante la adopción de un reglamento unificado, a más tardar el diecisiete (17) de abril de 1995.
ARTICULO 2o La presente
resolución rige a partir de su publicación.
ANDRES URIBE ARANGO
MARIA ISABEL BALLESTEROS
Superintendente de Valores
Secretaria General
Última modificación 08/04/2013